PODRÁN REGULARIZAR SUS EDIFICACIONES VÍA NOTARIAL SI HAN SIDO CONSTRUIDAS ANTES DEL 31 DE DICIEMBRE DEL 2016
Ley 30830 que modifica la ley 27157 en su articulo N°03 que permite regularizar vía notarial las edificaciones construídas hasta el 31 de diciembre del 2016. Ha sido publicado el 27 de julio del 2018 y entrará en vigencia 30 dias después en el que será adecuado el Texto Unico Ordenado de la ley 27157. @ Tacna Region
Sobre algunas consultas que me hicieron respecto a la ley 30830 que modifica la ley 27157.
1. La ley 27157 es una ley creada el 20 de julio del 1999 cuyo Reglamento ha sido modificado en varias oportunidades y que tiene como objetivo regularizar mediante un proceso simplificado cuyos principales actores con los Verificadores registrados debidamente en la SUNARP y los notarios (mediante la legalización de las firmas).
2. Aquellas edificaciones regularizadas por la ley 27157 y que hayan ampliado, modificado, etc, las edificaciones concluyendo antes del 31 de diciembre del 2016 pueden acogerse a la ley 30830.
3. IMPROCEDENCIA: No se podrán regularizar las edificaciones en zonas arqueológicas, de protección ecológica, de riesgo para la salud, riberas y ríos, lagos o mares, o aquellas que pongan en riesgo la seguridad de los ocupantes.
4. La adecuación del Texto Único Ordenado será 30 días posteriores a la promulgación de la ley, así que hay que esperar a que sea publicado.
Publicación Original:
https://www.facebook.com/carlos.challcoaguilar/posts/1760474284044568
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