Hay mucha confusión al momento de sanear una propiedad porque no se tiene claro el tipo de VIVIENDA que se está planteando en el proceso de regularización o de implementación de un proyecto nuevo. Por este motivo voy a nombrar las 4 tipologías que según la norma peruana existen sobre VIVIENDAS.
El Reglamento Nacional de Edificaciones indica en la norma A.020 VIVIENDA, en el capítulo I artículos 1, 2 y 3 lo siguiente:
NORMA A.020
VIVIENDA
CAPITULO I
GENERALIDADES
Artículo 1.- Constituyen edificaciones para fines de vivienda aquellas que tienen como uso principal o exclusivo la residencia de las familias, satisfaciendo sus necesidades habitacionales y
funcionales de manera adecuada.
Artículo 2.- Toda vivienda deberá contar cuando menos, con espacios para las funciones de aseo personal, descanso, alimentación y recreación.
Artículo 3.- Las viviendas pueden edificarse de los siguientes tipos:
- Unifamiliar, cuando se trate de una vivienda sobre un lote.
- Edificio multifamiliar, cuando se trate de dos o mas viviendas en una sola edificación y donde el terreno es de propiedad común.
- Conjunto Residencial, cuando se trate de dos o mas viviendas en varias edificaciones independientes y donde el terreno es de propiedad común.
- Quinta, cuando se trate de dos o más viviendas sobre lotes propios que comparten un acceso común.
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